Según los informes de la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y la Cultura (UNESCO),
específicamente con el programa que ofrece mediante el Observatorio Mundial de
Lucha contra la Piratería, especifica que las legislaciones contemporáneas no
ofrecen directamente la definición de la palabra piratería en cuanto a Derecho
de Autor se refiere.
Se reconoce que el término “piratería” abarca la
reproducción y distribución de copias de obras protegidas por el derecho de
autor, así como su transmisión al público o su puesta a disposición en redes de
comunicación en línea, sin la autorización de los propietarios legítimos,
cuando dicha autorización resulte necesaria legalmente. La piratería afecta a
obras de distintos tipos, como la música, la literatura, el cine, los programas
informáticos, los videojuegos, los programas y las señales audiovisuales.
La República Dominicana a través de la
representación de la Policía Nacional, la Fiscalía, la Dirección General
de Aduanas, la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), el Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), el Instituto Nacional de
Ciencias Forenses (Inacif), la Dirección General de Impuestos Internos (DGII),
y el Consejo Nacional de Drogas se encuentran trabajando en conjunto a
los fines de formular un plan integral para implementar las mejores prácticas
dominicanas en la lucha contra la piratería.
En cuanto a legislación se refiere, lo cual es un
aspecto importante en la aplicación de la Política Criminal de un país, tenemos
la Ley 65-00 sobre Derechos de Autor y la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, la
cual cada una en su área le hace un frente a la piratería en la República
Dominicana.
también las
oficinas encargadas de velar por los derechos de la propiedad intelectual
en nuestro país son la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) y La
Oficina Nacionalde Derecho de Autor (ONDA). En su tesonero trabajo a favor del
derecho de autor firmaron un convenio mediante el cual se facilitará la
colaboración mutua para el desarrollo de acciones y programas de difusión que
contribuyan a salvaguardar los derechos de propiedad intelectual y a mejorar
los servicios públicos que ofrecen dentro de sus respectivas competencias.
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